Ciencias Sociales y Humanas

26 de octubre de 2021

30 años de la constitución política de Colombia. Seminario permanente del CNPT 2021

(Vea acá programa completo del Seminario permanente)

La Constitución de 1991 estableció la paz como fin del Estado social de derecho, en su Artículo 22°: “La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”. La Constitución promueve la paz como condición de la vida digna y en referencia al derecho a la educación, en el Artículo 67° dispone: “[…] La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia”. Asimismo, la Constitución al promulgar los deberes y obligaciones de las personas en el Artículo 95° establece: “[..] Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica; […] Propender al logro y mantenimiento de la paz”.

El análisis de la tensión entre el ordenamiento territorial y el mandato constitucional de la paz, parte de considerar que nuestra geografía colombiana no puede comprenderse desligada de la geografía de la guerra. Construir la paz implica imaginar y practicar un ordenamiento espacial diferente al que nos legó la guerra, exige una sociedad que reconozca y se comprometa con el pluralismo y la diversidad étnica y cultural constitutiva de la nación colombiana. La mirada retrospectiva a los regímenes de acumulación de la propiedad rural en el país y a las dinámicas de exclusión y despojo, permiten inferir que el ordenamiento territorial actual no es proclive a la paz, más aún cuando se tiene presente que el conflicto armado ha sido condicionante de las posibilidades de permanencia de las comunidades locales en sus territorios y ha sido decisivo en la destinación productiva del suelo rural. La paz territorial no sólo implica la desmovilización de los actores armados, sino que también exige que se permita a las comunidades locales autonomía en las decisiones sobre el uso y cuidado del agua, sobre la destinación productiva de las tierras o sobre los modelos de desarrollo y conservación ecológica.

Con base en lo anterior, se proponen como preguntas orientadoras del panel:

  • ¿Cuál será entonces en Colombia la geografía de la paz?
  • ¿Cuáles son los mayores desarrollos alcanzados a escala regional de los postulados

constitucionales en torno a la paz y el ordenamiento territorial?

  • ¿Cuál(es) es el(los) ordenamiento(s) territorial(es) consecuente(s) y justo(s) con la

diversidad y con la restauración de los derechos vulnerados a las víctimas del conflicto

armado?

  • ¿Qué avances/retrocesos se han dado en las figuras de ordenamiento territorial

posteriormente al Acuerdo Final?

  • ¿Qué desafíos enfrenta la consolidación de una política de ordenamiento y gestión

territorial culturalmente incluyente, socialmente equitativa y ambientalmente justa?